NUEVO CURRÍCULUM DE LA ESO Y EL BACHILLERATO. COMENTARIO

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Se ha publicado el currículo básico de la ESO y del Bachillerato. Comentamos brevemente la Disposición adicional tercera:

Disposición adicional tercera. Enseñanzas de religión.

1. Las enseñanzas de religión se incluirán en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato de acuerdo con lo establecido en los artículos 13, 14, 27 y 28 de este real decreto.

¿Se reducirá desde el Ministerio el horario mínimo a la mitad como ha ocurrido en Primaria? La Religión deja de ser asignatura fundamental y pasa a ser específica. Son las comunidades autónomas las que fijan el horario máximo. 

Además, está por ver cómo se imparte la asignatura alternativa a la Religión: Valores Éticos. ¿Será una nueva versión de la Atención Educativa en que no se hace nada o se refuerzan otras áreas o se velará para que sea una asignatura seria?

Pero hay más: la alternativa y el dilema de elegir entre Valores Éticos y Religión da a entender que los que eligen Religión se privan de la educación en valores y, al revés, los que estudian Valores es casi en contraposición a la Religión. Se enfrentan demagógicamente la Ética y la Religión.

En Bachillerato, la Religión desaparece «de facto» porque se ha colocado como una optativa en un grupo de hasta doce asignaturas entre las que los centros educativos podrán elegir cuáles ofrecen a la libre elección de los alumnos. 

2. Las Administraciones educativas garantizarán que, al inicio del curso, los padres, madres o tutores legales y en su caso el alumnado puedan manifestar su voluntad de que éstos reciban o no reciban enseñanzas de religión.

Leer: Administraciones, inspecciones y direcciones tienen mucho que decir en el descenso de alumnos de Religión

3. La determinación del currículo de la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.

4. La evaluación de la enseñanza de la religión se realizará de acuerdo con lo indicado en los artículos 20 y 30 de este real decreto.

La recuperación de la evaluación de la asignatura no significa ningún avance porque luego no es objeto, en cuanto materia específica, de evaluaciones externas.

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