Ayer, 25 de agosto, aparecía en la web del Gobierno de Navarra la información relativa al Acto de adjudicación de destinos del profesorado de Religión Católica. Curso 2011/2012. En la misma, puede comprobarse cómo varios maestros han quedado desplazados, es decir, sin horario lectivo, y multitud de maestros y profesores de secundaria han visto recortado su horario de modo considerable, teniendo, muchos de ellos, un contrato laboral indefinido con jornada completa.
Desde Religión en Navarra-Erlijioa Nafarroan, queremos recordar que todas estas medidas vulneran flagrantemente la legalidad. Según el Estatuto de los Trabajadores, que es la norma por la que se rigen los profesores de Religión, las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo deben llevarse a cabo -si es que están justificadas- de mutuo acuerdo con los trabajadores o sus representantes (Art. 41. 4). Pero aquí no ha habido negociación ni acuerdo de ningún tipo. Además, el Estatuto establece que la decisión de esta modificación sustancial de condiciones de trabajo debe ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad (Art. 41. 3). Sin embargo, los afectados no han recibido notificación oficial alguna y la información sobre sus jornadas aparece en la web del Gobierno una semana antes de entrar en vigor.
Queremos recordar también que el pasado mes de julio se celebró en Pamplona un juicio por las modificaciones unilaterales de jornada que habían sufrido tres profesores de Religión Católica por parte del Gobierno de Navarra. Todavía no ha salido la sentencia de este juicio.
Esta es la información de la web del Gobierno de Navarra:
Acto de adjudicación de destinos del profesorado de Religión Católica. Curso 2011/2012.
Resultados
Listados Provisionales:
MAESTROS
- Anexo I: Desplazados por falta de carga lectiva.
- Anexo II: Distinta carga lectiva respecto al curso 2010-2011.
- Anexo III: Misma carga lectiva y distinta itinerancia u observación respecto del curso 2010-2011.
SECUNDARIA
- Anexo II: Distinta carga lectiva respecto al curso 2010-2011.
- AnexoIII: Misma carga lectiva y distinta itinerancia u observación respecto del curso 2010-2011.
VACANTES DE PRIMARIA
VACANTES DE SECUNDARIA
El resto del profesorado de religión con contrato laboral indefinido que desee elegir un nuevo destino para el curso 2011-2012, deberá presentar la solicitud en el plazo comprendido entre el 26 y el 30 de agosto, ambos inclusive.
El día 31 de agosto se publicarán los listados definitivos de las vacantes y de las personas convocadas al acto público que se celebrará el 2 de septiembre de 2011 a las 10 horas en el Salón de Actos del Departamento de Educación.
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