Por su relevancia para la libertad religiosa y la libertad de educación, nos hacemos eco de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en torno a la presencia del Crucifijo en las escuelas públicas italianas.
Crucifijo en las escuelas de Italia: gran victoria para Europa
Por Grégor Puppinck, director del Centro Europeo para el Derecho y la Justicia
ESTRASBURGO, viernes 18 de marzo de 2011 (ZENIT.org).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado por 15 votos a favor y 2 en contra que la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas públicas italianas está de acuerdo con la Convención Europea de los Derechos del Hombre. Esta sentencia pone freno a la tendencia laicista del Tribunal de Estrasburgo y constituye un cambio de paradigma. Altera radicalmente sin medias tintas una decisión adoptada precedentemente por unanimidad, que ahora se presenta como un «error» histórico de ese mismo Tribunal.
La Corte declara justamente que el hecho de que «la reglamentación italiana asigne a la religión mayoritaria del país una visibilidad preponderante en el ambiente escolar (…) no es suficiente para caer en el adoctrinamiento por parte de Italia y para establecer una falta de respeto de las prescripciones» de la Convención europea. En otras palabras, el Tribunal establece que «por lo que se refiere al lugar preponderante de una religión en la historia de un país, el hecho de que se le asigne un espacio más amplio que a las demás religiones en los programas escolares no es en sí un acto de adoctrinamiento» (Cf. Comunicado de prensa del Tribunal Europeo de Derechos Humanos).
Al mismo tiempo, el Tribunal ha subrayado la importancia de respetar la subsidiariedad y el margen de discernimiento del que se benefician los Estados en materia religiosa.
El Centro Europeo para el Derecho y la Justicia constata con satisfacción que la Gran Sala del Tribunal ha adoptado exactamente, con poquísimas variaciones, el razonamiento desarrollado por este Centro en sus observaciones escritas.
El Centro Europeo para el Derecho y la Justicia se alegra al constatar que el Tribunal europeo ha renunciado de este modo a promover una concepción radical de la laicidad. Esta decisión es una victoria para Europa, pues Europa no puede ser fiel a ella misma marginando el cristianismo. Esta decisión es más una victoria para Europa que para el «crucifijo»; Europa renuncia a renegar de su propia identidad, a suprimir el cristianismo en nombre de los derechos humanos.
De hecho, el Tribunal ha reconocido que en los países de tradición cristiana, el cristianismo posee una legitimidad social específica que le distingue de otras creencias filosóficas y religiosas, y justifica que una actitud diferenciada pueda ser adoptada, cuando es necesario. Dado que Italia es un país de tradición cristiana, el símbolo cristiano puede tener legítimamente una presencia visible específica en la sociedad.
Esta decisión es sumamente positiva para Europa, tiene un profundo «alcance unificador».
Al rechazar la oposición artificial de los derechos humanos con el cristianismo, el Tribunal preserva la unidad profunda y la interdependencia unificante de los valores espirituales y morales que fundamentan la sociedad europea. Esta decisión es fiel al Estatuto del Consejo de Europa, que afirma que los Estados europeos están «inseparablemente unidos a los valores espirituales y morales que forman parte del patrimonio común de sus pueblos y que constituyen el origen de los principios de libertad religiosa, de libertad política, y de preeminencia del derecho, sobre los que se basa toda auténtica democracia».
Marginar el cristianismo en nombre de los derechos del hombre resquebrajaría esta unidad entre valores morales y espirituales y enfrentaría la identidad de Europa contra ella misma.
La decisión del Tribunal tiene también un profundo alcance unificante entre los diferentes pueblos europeos, pues ante el riesgo de poner en causa el lugar del cristianismo, más de veinte países han tomado públicamente posición a favor de la presencia pública del símbolo de Cristo en la vida pública europea. Se trata de Armenia, Bulgaria, Chipre, Grecia, Lituania, Malta, Mónaco, Rumanía, Federación Rusa y San Marino, así como Albania, Austria, Croacia, Hungría, Moldavia, Noruega, Polonia, Serbia, Eslovaquia y Ucrania. Estos países, en cuanto signatarios de la Convención, son ante el Tribunal sus primeros garantes. En cierto sentido, los Estados miembros poseen el poder «de interpretación auténtica» del texto, pues tienen el poder soberano de modificarlo o de desapegarse de él.
Este gesto colectivo inédito tiene una importancia decisiva y testimonia que el cristianismo –más allá de las divisiones políticas y confesionales– sigue estando en el corazón de la unidad europea. De este modo, respetando la presencia visible del cristianismo en la sociedad, el Tribunal ha contribuido a reforzar la unidad de la cultura europea.
Este decidido gesto político tiene lugar ante el intento de corrientes laicistas radicales de utilizar los derechos del hombre contra el cristianismo. Las corrientes laicistas radicales, como rechazo del cristianismo, manipulan la cultura de los derechos humanos para descristianizar Europa en nombre del respeto y la tolerancia hacia los no creyentes. Tras un lenguaje de tolerancia, el pluralismo religioso creciente se sirve entonces como pretexto para marginar el cristianismo y, en ultima instancia, imponer a la civilización europea una secularización excluyente.
El objetivo del laicismo radical consiste en imponer una secularización de la sociedad para promover un cierto modelo cultural en el que la ausencia de valor (neutralidad) y el relativismo (pluralismo) se han convertido en valores en sí mismos, apoyando un proyecto político que se considera «post-religioso» y «post-identitario», en una palabra, «post-moderno». Este proyecto político tiene una pretensión de monopolio en cuanto sistema filosófico.
Un ejemplo típico de manipulación del «pluralismo religioso» contra la identidad cristiana de Europa es la agenda escolar publicada por la Comisión Europea. Esta agenda, de la que se han distribuido varios millones de ejemplares, ha omitido voluntariamente las fiestas cristianas para promover oficialmente un mejor conocimiento de otras religiones y creencias. Si hasta ahora se ha utilizado sobre todo el argumento del respeto por los no cristianos para marginar el cristianismo, ahora se manipula cada vez más el miedo al islam para marginar el cristianismo. El miedo del Islam es utilizado para luchar contra todas las religiones, incluido el cristianismo.
Ante estos intentos de marginación, el Tribunal ha recordado que el cristianismo, lo creamos o no, tiene en los países de tradición cristiana una legitimidad social superior a la de las demás creencias filosóficas y religiosas. Esta legitimidad innegable justifica que se adopte una actitud diferenciada, cuando es necesario. Esta actitud diferenciada puede justificar la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas italianas.
En este sentido, la sentencia Lautsi es una victoria para Europa. Esta sentencia ha dado la oportunidad de mostrar de nuevo que las raíces cristianas de la gran Europa alimentan la identidad profunda y la cohesión social del continente europeo.