La formación de la ciudadanía es un desafío del cual nadie puede ser excluido, nadie está dispensado, a todos obliga y del cual nadie tiene el monopolio.
Aunque en diferentes ámbitos y, a su modo, los poderes públicos y la sociedad civil están obligados a crear las condiciones para vivir la ciudadanía en todas sus dimensiones, en todos los tiempos y lugares; sobre todo, en la etapa actual de la sociedad española, cada día más intervenida y controlada, se genera una idea de ciudadanía muy sesgada.
No cabe duda que la escuela juega un papel muy relevante en la construcción de la ciudadanía, pero resulta pueril considerar que la formación de nuevos ciudadanos dependa única y exclusivamente de una asignatura que el gobierno ha introducido como gran novedad en su programa educativo.
La educación para la ciudadanía depende, en el fondo, de todos los profesores, se juega en todas las materias y tiene una dimensión transversal e informal. La verdadera transmisión del valor de la ciudadanía se pone de relieve en la vida escolar, en las prácticas de convivencia y de reconciliación que se desarrollan en su seno.
Resulta inexacto e impreciso distinguir el área de religión de la de Ética, derechos humanos y ciudadanía tal y como se desprende del espíritu y la letra de la Ley de Educación vigente en nuestro país, pues el área de religión resulta, también, fundamental para educar en el sentido de la ciudadanía y para formar a los alumnos en los valores morales básicos que articulan las sociedades democráticas.
Con demasiada frecuencia, se pretende hacer ver que la educación en materia religiosa es algo así como una fuente de adoctrinamiento, como un alegato contra la convivencia y los valores democráticos. Se la pretende reducir a un sentimiento puramente primitivo, propio de personas incapaces de pensar por sí mismas.
El área de religión, tan objeto de discusión y de debate público, es uno de los soportes curriculares más eficaces para educar y desarrollar los derechos humanos.
Las más grandes y más antiguas tradiciones religiosas y éticas han legados unas reglas de oro que traducen las exigencias fundamentales que se pueden plantear cualquier ser humano por el hecho de serlo. El Decálogo (Ex 20, Dt 5) expresa los deberes que defienden los derechos. También para los orientales asiáticos, los deberes son antes que los derechos.
El área de religión contribuye a formar buenos ciudadanos, es decir, personas que, desde las primeras edades, conocen, respetan y defienden los derechos y deberes propios y de los demás y aprenden a dialogar sobre la base de un fundamento sólido de la convivencia ciudadana. Si se desarrolla como es debido, aporta al alumno una visión interdisciplinar, al establecer relaciones con distintos ámbitos del conocimiento que también abordan los derechos humanos.
Desde la perspectiva teológica e histórica, el área de religión hace aportaciones imprescindibles para una cultura auténtica de los derechos humanos a partir del pensamiento legado por la tradición cristiana.
La Doctrina Social de la Iglesia constituye un rico patrimonio moral del que extraer principios de reflexión y valores permanentes, criterios de juicio y orientaciones para la formación de la conciencia social y de la ciudadanía activa. Tenemos en la Escuela de Salamanca, sobre todo en el pensamiento de Francisco de Vitoria y de Bartolomé de las Casas, el pensamiento inspirador de las declaraciones de derechos, de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948) y de los conceptos de democracia y de derecho internacional.
El área de religión no es ajena ni indiferente a la educación de la ciudadanía y a la transmisión de la cultura de los derechos humanos. El trasfondo de la Declaración es que el ser humano posee una dignidad y unos valores por el mero hecho de ser persona, y que tenemos de respetar esa dignidad y los derechos que derivan de ella. Por tanto, los derechos son anteriores y superiores a cualquier legislación positiva, aunque para ser reclamados ante los tribunales de justicia, deban ser explicitados y garantizados por las leyes.
Como dice Juan XXIII, en toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como fundamento el principio de que todo hombre es persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes, que dimanan inmediatamente y, al mismo tiempo, de su propia naturaleza.
La defensa de los derechos humanos no puede ignorar todos los obstáculos que existen. Su puesta en práctica tiene que vincularse a la defensa activa de la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de todos los hombres y mujeres.
La educación en el espíritu de los derechos humanos es una exigencia fundamental de los países democráticos y se deben realizar todos los esfuerzos en tal dirección. Que exista una materia orientada a alcanzar tal finalidad puede ser un buen impulso, pero no se puede despreciar la contribución del área de religión en esta misma dirección. Puede, incluso, dar razones de fondo para sustentar la sublime dignidad de la persona humana que está en el espíritu de la Declaración de 1948 y en las mentes que la hicieron posible.
Fuente: www.forumlibertas.com
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