LA LEY DEL ABORTO DE GALLARDÓN PODRÍA SER MÁS PERMISIVA SEGÚN «EL PAÍS»

Las dos caras de la ‘ley Gallardón’

La reforma del aborto que planea Justicia, envuelta en confusión, podría dar lugar a la legislación más restrictiva de la democracia o a una de las más permisivas

Vera Gutiérrez Calvo Madrid 25 AGO 2012

Las declaraciones públicas del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, han hecho pensar a muchos que prepara la ley del aborto más restrictiva de la democracia. Las declaraciones privadas de los responsables del ministerio que están ultimando el borrador auguran, por el contrario, una ley que podría estar entre las menos restrictivas de Europa. Las claves para resolver esta contradicción están escondidas en lo que se dice, y en lo que no.

Lo primero que Gallardón ha dicho es que el feto volverá a tener derechos durante todo el embarazo —porque eso es, sostiene, lo que el Tribunal Constitucional dictó en 1985: que tanto la madre como el feto los tienen—. “Son dos sujetos con derechos; si esos derechos entran en colisión, hay que determinar qué sucede. Pero lo que no se puede es eliminar el derecho de uno de los dos”, afirma el ministro. En la práctica, esto quiere decir que se acabó la ley de plazos actual, que rige en España desde 2010 —y en la mayoría de países de la UE desde antes— y que crea un plazo (14 semanas) en el que la madre puede abortar sin alegar ningún motivo, simplemente porque es su derecho. Eso desaparecerá. Se volvería entonces a una ley de supuestos despenalizados, y para acogerse a ellos habría que alegar un motivo.

Lo segundo que ha dicho Ruiz-Gallardón es que las chicas de 16 y 17 años, que desde 2010 pueden abortar sin consentimiento paterno, volverán a necesitarlo (no lo necesitan, por cierto, para otras cosas, como operarse o renunciar a tratamiento médico, según la Ley de Autonomía del Paciente que aprobó el PP en 2002).

Y lo tercero —y más polémico— que ha anunciado el ministro es que la malformación o minusvalía del feto ya no será considerado un supuesto para abortar, porque eso, afirma él, es discriminar a las personas discapacitadas.

Hasta aquí, lo que Ruiz-Gallardón ha dicho en público. Luego está lo que él no ha dicho pero ha salido publicado —citando fuentes de Justicia, y nunca desmentido— en varios medios, incluido EL PAÍS: que la ley que prepara el ministro podría reducir todos los supuestos de 1985 a uno solo, el daño psicológico a la madre; y que sería la madre la que tendría la última palabra para decidir si aborta (aunque después de hablar con médicos, ser informada de las alternativas y pasar un periodo de reflexión). Es decir, que, por ejemplo, aunque la malformación del feto desapareciera como supuesto legal, la mujer embarazada podría alegar que tener ese hijo le afecta psicológicamente, y someterse a un aborto.

Esa fórmula permitiría a Ruiz-Gallardón conciliar en la ley los dos derechos que el PP aboga por defender: el del feto y el de la madre. La mujer no tendría un derecho puro, unilateral, legal, a interrumpir su embarazo, ni en las primeras 14 semanas ni en ningún momento; pero, en última instancia, la realidad es que su decisión primaría. Habría, sobre el papel, un conflicto reconocido de derechos —y de ahí la obligación de someterse al informe de los médicos, reflexionar sobre las alternativas, etcétera—, pero resuelto en la práctica a favor de la madre.

Si esa es realmente la ley que prepara Ruiz-Gallardón se trataría, en cierto sentido, de una norma más permisiva que la actual. Porque la ley de plazos en vigor establece el aborto como un derecho de la madre en las primeras 14 semanas, pero luego ya solo permite interrumpir el embarazo por malformación del feto hasta la semana 22, y a partir de ahí ya no permite abortar (salvo por riesgo de muerte o enfermedad gravísima del feto). La nueva ley también tendría un plazo máximo, pero probablemente superior a 14 semanas (ya que muchos problemas fetales se detectan después), y la última palabra la tendría siempre la mujer. Sería casi como una ley de plazos pero con un plazo más amplio y, eso sí, con obstáculos teóricos, formales, a la libertad de la madre (la necesidad de someterse a la opinión, no vinculante, de los médicos).

Con este modelo del único supuesto, solo en un caso podría resultar la nueva ley más restrictiva que la actual: si el plazo máximo para abortar que se estableciese fuera tan corto (de 14 semanas o menos) que dejara a la mujer sin derechos durante gran parte del embarazo: porque entonces ya no habría ningún otro supuesto (ni el de daño fetal ni ninguno) al que acogerse. En España, el 90% de los abortos se produce en las primeras 12 semanas (con la ley de supuestos y con la de plazos), según datos oficiales del INE.

Gallardón ha dicho que el anteproyecto de ley estará listo en septiembre. Después deberá someterse a la opinión del Consejo de Ministros y, sobre todo, a la del presidente Mariano Rajoy. Entonces se sabrá hacia dónde se inclina la ley: si restringe al máximo el derecho de las mujeres o abre una nueva vía con dos sujetos de derechos (la madre y el feto) y uno solo de decisión (la mujer); hasta que eso se aclare, el proyecto de ley del aborto seguirá sumido en la polémica y la confusión.

Los precedentes

  • La ley de 1985, aprobada por el Gobierno de Felipe González —tras pasar por el Constitucional—, permitía abortar en tres supuestos: por violación, en las primeras 12 semanas; por malformación del feto, hasta la semana 22; y por riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer (previo informe médico), en cualquier momento.
  • La ley de 2010, aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, establece el derecho de la mujer a abortar libremente en las primeras 14 semanas; después permite abortar hasta la semana 22 por “grave riesgo para la vida o la salud de la madre o el feto”; a partir de entonces, solo si el feto sufre “enfermedad extremadamente grave o incurable” o anomalías “incompatibles con la vida”.

Fuente: www.elpais.com

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