INFORMACIÓN SOBRE LA INMATRICULACIÓN DE BIENES DE LA IGLESIA

Ante la reciente iniciativa parlamentaria de Izquierda-Ezkerra para que la Iglesia no pueda inmatricular bienes, reproducimos los siguientes recursos sobre el tema tomados de Iglesia navarra.

El Arzobispado de Pamplona ya respondió a la campaña contra la inmatriculación de bienes de la Iglesia

En diversas ocasiones, el Arzobispado de Pamplona y Tudela ha hecho pública su posición respecto al conflicto planteado por la autodenominada «Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro», a la que diversos medios vienen dando gran repercusión mediática, con el apoyo de algunos partidos y líderes políticos. El pasado mes de noviembre, en una entrevista del portal MiniLeaks, el Arzobispado explicó su postura.

 Sobre la legitimad de la Iglesia como persona jurídica

Descarada manipulación del lenguaje: se confunden interesadamente muchas cosas, como “pueblo” y “ayuntamiento”

En muchos casos la economía de las parroquias fue infinitamente más capaz que la concejil o municipal

Campaña de propaganda con la que simpatizan no pocos medios de comunicación

¿Cómo se explica la inscripción de bienes tan diversos como atrios, garajes o hasta un frontón?

Razones históricas y sociológicas explican la peculiaridad de que la Iglesia pueda inmatricular por el mismo procedimiento que las administraciones públicas

DOCUMENTACIÓN

1) Arzobispado de Pamplona-Tudela. Nota de prensa sobre los bienes patrimoniales de la Iglesia, 26 de abril de 2007. DESCARGAR ARCHIVO

2) Delegación de Patrimonio del Arzobispado de Pamplona, Nota informativa dirigida a los sacerdotes, 31 de diciembre de 2007. DESCARGAR ARCHIVO

3) José Luis Zugasti Goñi [Vicario General de la Diócesis de Pamplona entre 1994-2003], Información sobre el significado y alcance actual del patronato de la basílica de la Virgen del Soto (Caparroso), 3 de enero de 1995. DESCARGAR ARCHIVO

4) José Luis Sales Tirapu [Director del Archivo Diocesano de Pamplona entre 1974-2012],

  • Breve vocabulario [Elenco de términos cuya significación interesa conocer para entender el funcionamiento de la vida diocesana y parroquial en el pasado], “Catálogo del Archivo Diocesano de Pamplona”, 1 (Sección de Procesos, 1559-1589), Institución Príncipe de Viana, Pamplona 1988, p. 437-442. DESCARGAR ARCHIVO
  • La Parroquia y la organización eclesiástica [Lección impartida en Pamplona el 29 de septiembre de 1992 dentro del Curso de metodología aplicada a la historia local organizado por la Sociedad de Estudios Históricos de Navarra] DESCARGAR ARCHIVO

5) Luis Muruzábal Oroz [Secretario Canciller de la Diócesis de Pamplona entre 1985-1997], ¿De quién son las casas parroquiales? Los inmuebles parroquiales: iglesia, casa, ermitas, fincas rústicas, “La Verdad: Hoja parroquial de las Diócesis de Pamplona y Tudela”, nº 2.667 (9 de junio de 1985), p. 1 y 4-6. DESCARGAR ARCHIVO

6) Damián Iguacén Borau [Obispo de Tenerife, Presidente de la Comisión Episcopal de Patrimonio Cultural entre 1984-1993]

  • ¿Me va a decir usted que el patrimonio cultural no es una riqueza incalculable para la Iglesia?, “La Iglesia y su patrimonio cultural”, EDICE, Madrid 1984, p. 25-28. DESCARGAR ARCHIVO
  • ¿Cómo ha llegado la Iglesia a poseer semejante patrimonio?, “La Iglesia y su patrimonio cultural”, EDICE, Madrid 1984, p. 29-32. DESCARGAR ARCHIVO
  • ¿Pero de quién es el patrimonio cultural en posesión de la Iglesia?, “La Iglesia y su patrimonio cultural”, EDICE, Madrid 1984, p. 45-48. DESCARGAR ARCHIVO
  • ¿Y el dinero que ha puesto el “pueblo”?, “La Iglesia y su patrimonio cultural”, EDICE, Madrid 1984, p. 53-56. DESCARGAR ARCHIVO 

7) Código de Derecho Canónico (1917), cánones entre 1448-1471: Del derecho de patronato [se trata de la última plasmación jurídica de la institución del patronato]. DESCARGAR ARCHIVO

8) Luis Javier Arrieta Sevilla [Profesor Ayudante de Derecho Civil en la Universidad de Navarra], La inmatriculación de fincas de la Iglesia católica por medio de certificación diocesana, “Ius Canonicum”, 50 (2010), p. 517-545. DESCARGAR ARCHIVO

9) Lourdes Ruano Espina [Catedrática de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado en la Universidad de Salamanca], Titularidad e inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles (culturales) de la Iglesia, “Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado”, 14 (2007), p. 1-26. DESCARGAR ARCHIVO

10) Semblanza sacerdotal de D. Eduardo Pastor Olea (1925-2005), “Boletín Oficial Diocesano de las Diócesis de Pamplona y Tudela”, 148 (Febrero 2005), p. 282-283. DESCARGAR ARCHIVO

11) Florentino Ezcurra Oroquieta [Delegado de Cáritas Diocesana de la Diócesis de Pamplona entre 1972-1994], Semblanza sacerdotal del Rvdo. Sr. D. Santiago Galdeano Echávarri (1927-2012), “Boletín Oficial Diocesano de las Diócesis de Pamplona y Tudela”, 155 (Julio-Agosto 2012), p. 640-641. DESCARGAR ARCHIVO

 SENTENCIAS

  1. Sentencia Garisoain

 

Quizás también le interese:

“La Iglesia reclama la titularidad de su patrimonio por respeto a la verdad y fidelidad a su historia, no para privatizar los templos y hacer negocio»

El Senado rechaza una proposición de ley que buscaba evitar que la Iglesia  inscriba bienes

El juez da la razón a la Parroquia de Irañeta en el juicio sobre la ermita de San Gregorio

Sobre la inmatriculación de bienes de la Iglesia

Diez cosas que usted debería conocer sobre las inmatriculaciones

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio